Bonificaciones
Benefíciate de las ventajas de bonificar la formación
El importe de la formación realizada con nosotros puede bonificarse a través de la FUNDAE. Desde CEAM podemos encargarnos de realizar los trámites necesarios con las instituciones pertinentes. Este es un servicio gratuito para nuestros socios.
¿POR QUÉ BONIFICAR LA FORMACIÓN?
PASOS A SEGUIR PARA BONIFICAR LA FORMACIÓN
¿QUÉ VENTAJAS TIENE QUE CEAM SE ENCARGUE DE REALIZAR LOS TRÁMITES DE BONIFICACIÓN?
CRÉDITOS A LA FORMACIÓN Y PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN (PIF)
¿POR QUÉ BONIFICAR LA FORMACIÓN?
La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) es una entidad que gestiona las ayudas y bonificaciones a empresas para financiar la formación de sus empleados. Esto supone varios beneficios para las empresas:
- Reducción de costes: parte del importe de la formación es financiado por el Estado a través de las bonificaciones en las cotizaciones sociales.
- Cumplimiento de obligaciones legales: en algunos casos, las empresas están obligadas a ofrecer formación a sus trabajadores, como en el caso de los trabajadores con contrato de formación o en el caso de la prevención de riesgos laborales. La bonificación a través de FUNDAE puede ayudar a las empresas a cumplir con estas obligaciones legales de manera más eficiente y económica.
PASOS A SEGUIR PARA BONIFICAR LA FORMACIÓN
- Comunicar la formación a FUNDAE: la empresa debe comunicar a FUNDAE su intención de impartir formación a sus empleados (a través de la plataforma telemática).
- Es necesario que la empresa tenga un código de cuenta de cotización y que esté inscrita en el registro de entidades de formación de FUNDAE.
- Identificar a los trabajadores participantes: la empresa debe identificar a los trabajadores que van a participar en la formación y comunicar su número de seguridad social.
- Seleccionar la formación: la empresa debe seleccionar la formación que desea bonificar y verificar que se encuentra dentro de las acciones formativas que FUNDAE financia. Debe contratar un proveedor de formación que cumpla con los requisitos de FUNDAE y que tenga experiencia en la impartición de cursos bonificables. Es importante que el proveedor de formación esté acreditado por FUNDAE y que tenga un programa formativo adaptado a las necesidades de la empresa.
- Formalizar el grupo formativo: la empresa debe indicar los trabajadores que van a participar en la formación y la acción formativa seleccionada. Es importante que los trabajadores participantes asistan al 75% de las horas para poder bonificar el curso.
- Comunicar el inicio de la formación: la empresa debe comunicar a FUNDAE el inicio de la formación antes de que transcurran 7 días desde el inicio del curso.
- Justificar los costes de formación: una vez finalizada la formación, la empresa debe justificar los costes de la formación a través de la plataforma telemática de FUNDAE, aportando los justificantes de pago correspondientes.
- Bonificación en las cotizaciones sociales: una vez verificado el cumplimiento de los requisitos y comprobado el crédito disponible en la cuenta de formación de la empresa, FUNDAE procederá a la bonificación en las cotizaciones sociales correspondientes al importe de la formación realizada.
Es importante destacar que FUNDAE establece un plazo máximo de 6 meses para la justificación de los costes de formación. Si la empresa no justifica los costes dentro de este plazo, perderá el derecho a la bonificación correspondiente. Además, la empresa debe tener en cuenta que los costes de la formación bonificada no podrán ser deducidos fiscalmente.
¿QUÉ VENTAJAS TIENE QUE CEAM SE ENCARGUE DE REALIZAR LOS TRÁMITES DE BONIFICACIÓN?
- Ahorro de tiempo y recursos al no tener que dedicar personal a la gestión de los trámites y documentación necesarios.
- Garantía de cumplimiento normativo. CEAM está al día en cuanto a la normativa y requisitos de FUNDAE, lo que garantiza que la empresa cumpla con todos los requisitos legales.
- Reducción de riesgos o incumplimientos, lo que puede evitar posibles sanciones o multas a la empresa.
CRÉDITOS A LA FORMACIÓN Y PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN (PIF)
Las empresas pueden bonificarse el coste de los másters o postgrados que cursen sus trabajadores en las cotizaciones a la Seguridad Social, a través de aplicarse el crédito anual para la formación que poseen. El importe del crédito viene determinado por las cantidades que durante el año anterior hayan ingresado en la Seguridad Social en concepto de cuota de formación profesional.
También pueden optar a los PIF (Permisos Individuales de Formación), que permiten descontarse en los Seguros Sociales el coste de las formaciones universitarias sin consumir el crédito anual disponible para la bonificación de la formación. Esta es una interesante opción, muchas veces desconocida por las empresas.
Las características más relevantes de los PIF:
- Permiso autorizado por la empresa a un trabajador, para la realización de un curso, dirigido a la obtención de una acreditación oficial, incluyendo también los cursos universitarios que tengan la consideración de Títulos Universitarios Propios.
- Se bonificarán los costes salariales (sueldo base, antigüedad, complementos fijos y pagas extraordinarias) correspondientes a las horas laborales que el trabajador invierta en su formación, limitándose a 200 horas por permiso y curso académico o año natural.
- Su objeto puede ser tanto el desarrollo técnico-profesional como la formación personal del trabajador.
- La modalidad de impartición debe ser presencial.
- Se podrán aplicar las bonificaciones a medida que se abonen los salarios de los trabajadores que disfruten de los permisos.
Para más información sobre las opciones de bonificación del coste de la formación de máster se pueden poner en contacto con Laura Gaudes en el tel. 93 318 80 58, mail formacion@ceam-metal.es.